Para conocer los derechos del niño es fundamental conocer cada uno de los artículos de la Ley Orgánica para la Proteccion de Niños, Niñas y Adolescentes, la cual rige eun Venezuela. Poco a poco iremos analizando cada uno de ellos.
Para comenzar es pertinente el conocmiento del artículo 32-A de la misma, el cual dice asi:
"Todos los niños y adolescentes tienen el derecho al buen trato. Este derecho comprende una crianza y educación no violenta, basada en el amor, el afecto, la comprension mutua, el respeto recíproco y la solidaridad. El padre, la madre, representantes, responsables, tutores, tutoras, familiares, educadores y educadoras deberán emplear métodos no violentos en la crianza, formación, educación y corrección de lo niños, niñas y adolescentes. En consecuencia, se prohibe cualquier tipo de castigo físico o humillante. El Estado, con la activa participación de la sociedad, debe garantizar políticas, programas y medidas de protección dirigidas a la abolición de toda forma de castigo físico o humillante de lo niños, niñas y adolescentes.
Se entiende por castigo físico el uso de la fuerza, en ejercicio de las potestades de crianza o educación, con la intencion de causar algún grado de dolor o incomodidad corporal con el fin de corregir, controlar o cambiar el comportamiento de los niños, niñas y adolescentes, siempre que no constituyan un hecho punible.
Se entiende por castigo humillante cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante o ridiculizador, realizando en ejercicio de las potestades de crianza o educación, con el fin de corregir, controlar o cambiar el comportamiento de los niños, niñas y adolescentes, siempre que no contituyan un hecho punible".
Queda abierta la discusion de dicho artículo...